ANÁLISIS DE LA EXCEPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO MONITORIO ART. 357 INCISO SEGUNDO COGEP Y LA VULNERACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA DEFENSA DEL ART. 76 LETRA G DE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR

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DOI:

https://doi.org/10.47712/rd.2023.v8i2.235

Palabras clave:

monitorio, patrocinio, abogado

Resumen

El Código Orgánico General de Procesos, ha instaurado el procedimiento monitorio a través del cual los propietarios de deudas determinadas, líquidas, exigibles y de plazo vencida que no consten en un título ejecutivo y que no excedan de los cincuenta salarios básicos unificados (SBU) del trabajador, puedan ejercer su derecho de cobro, garantizando que este procedimiento sea célere y efectivo, contribuyendo así a descongestionar los procesos de administración de justicia. 

Este procedimiento incluye el patrocinio de un abogado, con una limitante: si el salario es inferior a los tres salarios básicos unificados (SBU) no se requiere este patrocinio; lo cual contraría lo dispuesto en la Constitución  que expresa que todo trámite judicial requiere el patrocinio de un abogado, además en la práctica  los casos presentan una oposición a la demanda  lo cual conlleva a una audiencia única, para lo cual  las partes requieren  para su defensa de un  abogado, a quien también se le limita el derecho al trabajo. Frente a esta situación se aborda la importancia de que el patrocinio de un abogado sea un requisito obligatorio independientemente de la cuantía de la obligación.

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Publicado

2023-08-15

Cómo citar

Cevallos ortega, F. J., & Mena Manzanillas, P. L. (2023). ANÁLISIS DE LA EXCEPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO MONITORIO ART. 357 INCISO SEGUNDO COGEP Y LA VULNERACIÓN CONSTITUCIONAL DEL DERECHO A LA DEFENSA DEL ART. 76 LETRA G DE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR. REVISTA DE DERECHO, 8(2). https://doi.org/10.47712/rd.2023.v8i2.235

Número

Sección

Artículos de doctrina, análisis y critica jurisprudencial