ESTUDIO DEL DEBIDO PROCEDIMIENTO EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS RESPECTO A LOS DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS EN LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN PUNO EN EL AÑO 2014

Autores/as

  • Wilfredo Flores Espillico

DOI:

https://doi.org/10.47712/rd.2018.v3i2.22

Palabras clave:

Administración Pública, Ius Puniedi, Régimen Disciplinario, Proceso Administrativo, Disciplinario, Debido Procedimiento, Principios del Procedimiento, Administrativo Disciplinario, Derechos de los Administrados, Acción de Amparo

Resumen

La presente investigación corresponde a una de enfoque Mixto con predominio cuantitativo. La potestad sancionadora de la Administración Pública debe respetar el Debido Proceso y
los principios que informan la potestad sancionatoria del Estado, sin embargo el Debido Proceso presenta problemas no de orden sustantivo sino de aplicación práctica en cada proceso en particular, a ello no es ajena la justicia administrativa que se imparte dentro de la Administración Pública; en el caso concreto de los docentes y directores de los Institutos Superiores Públicos no universitarios que laboran en la Dirección Regional de Educación Puno bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y que durante el año 2014 hayan sido sancionados por la comisión de alguna falta administrativa, se realiza el presente estudio a fin de verificar si se ha considerado el Debido Procedimiento y además establecer si los derechos de los administrados han sido respetados o por el contrario hayan resultado lesionados por actuaciones arbitrarias de la Administración Pública, por lo que nuestro objetivo es: Determinar si en los procesos administrativos disciplinarios, concluidos en el año 2014, realizados por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos de la DREP se respetó o no el Debido Procedimiento y se consideraron los principios del Derecho Administrativo
Disciplinario. Luego de haber realizado la presente investigación y conforme nuestro objetivo planteado, llegamos a la conclusión que en los procesos administrativos disciplinarios
realizados por la CPPA de la DREP concluidos el año 2014, no se respetó el Debido Procedimiento y asi como tampoco se consideraron los principios del Derecho Administrativo
Disciplinario; el expediente disciplinario analizado se encuentran con afectación de derechos constitucionales de los administrados, debido a la escasa preparación que tienen los
miembros que conforman la CPPA, lo cual ha sido percibido por los propios administrados.

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Publicado

2020-02-13

Cómo citar

Flores Espillico, W. (2020). ESTUDIO DEL DEBIDO PROCEDIMIENTO EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS RESPECTO A LOS DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS EN LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN PUNO EN EL AÑO 2014. REVISTA DE DERECHO, 3(2), 157–180. https://doi.org/10.47712/rd.2018.v3i2.22

Número

Sección

Artículos de doctrina, análisis y critica jurisprudencial